jueves, 30 de diciembre de 2010

Registro del Gobierno habilita a 8.897 a ejercer como abogados

En dos años, 9.159 profesionales se anotaron en el Registro de Abogados del Ministerio de Justicia, creado por el Decreto Supremo N° 100 del 29 de abril del 2009. De éstos, 8.897 cuentan con la credencial que les permite ejercer su profesión. El Decreto tiene por objeto “promover el ejercicio libre de la actividad profesional del abogado con título en provisión nacional, mediante la creación de un Registro Público de Abogados”.

De acuerdo a los datos proporcionados por la Oficina de Registro Público de Abogados, el 2009, se registraron 2.553 profesionales, la mayoría en la ciudad de La Paz. El 2010, las cifras ascendieron a 6.344; la mayor parte inscritos en el eje troncal del país (Santa Cruz, La Paz y Cochabamba).

“El dinero ahorrado en beneficio de la población, es de 3.663.600 dólares”, sostiene el informe al que accedió La Razón. El costo de inscripción, en el Ministerio de Justicia, llega a 50 bolivianos, mientras el Colegio de Abogados, por ejemplo de La Paz, cobra 400 dólares por matrícula, se señala.

Según el presidente del Colegio de Abogados de La Paz, Bernardo Wáyar, el Decreto Ley 16793 (Ley de la Abogacía) promulgado el 19 de julio de 1979 delega, precisamente, a los colegios de Abogados el registro y el control del ejercicio profesional.

Sin embargo, la nueva disposición legal, vigente desde abril del 2009, deja sin efecto esa ley. El Ejecutivo “por principio de legalidad”, no pudo haber actuado de esa manera, cuestionó. En este contexto, el decreto aprobado en el gobierno de Evo Morales fue impugnado por la vía de lo contencioso-administrativo. El proceso judicial está en la Corte Suprema de Justicia, en la ciudad de Sucre.

“Hemos cuestionado la abrogación de la Ley de la Abogacía por un Decreto Supremo, cuando el Órgano Ejecutivo carece de competencia para ello”, insistió la autoridad. El camino correcto, hubiera sido abrogar la ley de 1979 con una similar norma.

Mientras no se pronuncie la justicia, los abogados que están inscritos en el Ministerio de Justicia, pueden ejercer la abogacía como manda la ley, sostuvo. Evitó referirse si éstos tendrán reconocimiento dentro del gremio, si el fallo anula el DS. El documento del Ministerio de Justicia registra la inscripción de nuevos abogados sólo el 2010, en el caso de Beni, Pando y Tarija

Impiden el ejercicio de un derecho
El DS N°100 acusa que en el registro de los colegios de abogados, se cobraba matrícula, cuotas mensuales y ‘otras percepciones irregulares’ y se impedía el ejercicio profesional de quienes incumplían los pagos.

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