jueves, 10 de enero de 2019

LEY N° 1075 - Se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Toledo

LEY N° 1075
LEY DE 28 DE JUNIO DE 2018
ÁLVARO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13 del parágrafo I del artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Toledo, con una superficie de 40.000,00 metros cuadrados (m²), ubicado en la calle Sucre esquina calle sin nombre del Municipio de Toledo, Provincia Saucarí del Departamento de Oruro, registrado en las oficinas de Derechos Reales de Oruro bajo el folio real con Matrícula Computarizada N° 4.10.1.01.0000047, cuyas colindancias son: al Norte, con terrenos de la comunidad; al Sur, con calle sin nombre; al Este, con terrenos de la comunidad; y al Oeste, con la Calle Sucre; a favor de la Universidad Técnica de Oruro - UTO, para la implementación de infraestructura y equipamiento de carreras y unidades académicas desconcentradas de la Universidad Técnica de Oruro - UTO, de conformidad a la Ley Municipal N° 129, de 10 de noviembre de 2017, emitida por el Gobierno Autónomo Municipal de Toledo.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil dieciocho.
Fdo. H. Lineth Guzmán Wilde, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Efraín Chambi Copa, Erwin Rivero Ziegler, Alicia Canqui Condori, Margarita del C. Fernández Claure.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil dieciocho.
FDO. ÁLVARO GARCÍA LINERA, Alfredo Rada Vélez, Mario Alberto Guillén Suárez, Roberto Iván Aguilar Gómez.

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