jueves, 28 de agosto de 2014

Aprueban diez reglamentos para la universidad privada



El Gobierno promulgó los diez reglamentos específicos correspondientes al Reglamento General de Universidades Privadas. Uno de ellos norma la entrega de becas al 10% del total de estudiantes, de los cuales 5% será de tuición del Ministerio de Educación.

“Se está normando el tipo de becas que otorgan las universidades privadas, cómo las organizan y cómo hacemos control sobre ellas. Las 42 universidades deben otorgar un 10% de becas de acuerdo con el número de inscritos; por ejemplo, si tienen 500 estudiantes, debe promocionar becas para 50 nuevos estudiantes”, indicó el viceministro de Educación Superior, Jiovanny Samanamud.

De este porcentaje —dijo—, el 5% es responsabilidad del Ministerio de Educación; es decir, ese despacho ofrecerá las becas a los mejores estudiantes de los colegios y de escasos recursos.

El Reglamento General de Universidades Privadas fue aprobado el 12 de diciembre de 2012; su artículo 16 establece que cada universidad deberá conceder becas de estudio en un equivalente al 10% de su matrícula anual.

Al respecto, el presidente de la Asociación Nacional de Universidades Privadas (ANUP), Timoteo Sánchez, mencionó que esta política ya es ejercida por las instituciones en cumplimiento a su programa de Responsabilidad Social Empresarial (RSE). “Es bueno que se norme la entrega de becas, porque es una manera de apoyar a los mejores estudiantes del país”, afirmó.

De acuerdo con el reglamento específico de becas de estudios, se norma los aspectos académicos y administrativos relacionados con los diferentes tipos de becas de estudios a ser otorgados por las universidades privadas, en conformidad con el Reglamento General.

Reglamentos. Los diez reglamentos específicos promulgados son de apertura y funcionamiento de universidades privadas, subsedes académicas y carreras, cuyo fin es establecer los requisitos y procedimientos para autorizar la organización y desarrollo de nuevas propuestas académicas.

Además, de seguimiento y evaluación, que consiste en acciones sobre los ámbitos académico-administrativo y de las condiciones de infraestructura, equipamiento y mobiliario. También se norman los programas de posgrado, convalidación de asignatura, las sanciones, el diseño y evaluación curricular y la infraestructura de las instituciones.

Se norma formación a distancia y virtual

El reglamento específico para modalidades semipresencial, a distancia y virtual establece los procesos y procedimientos para la implementación y organización de las modalidades de educación, ya establecidas en el artículo 61 del Reglamento General.

En este acápite se detalla que los programas complementarios podrán ser desarrollados en la modalidad presencial, semipresencial y a distancia de universidades privadas.

El ministro de Educación, Roberto Aguilar, mencionó que antes esta modalidad era dispar entre una universidad y otra. “Ahora lo que hemos establecido es un criterio homogéneo para que todos puedan funcionar en un marco coincidente”. El presidente de ANUP, Timoteo Sánchez, dijo que muchas universidades ofertan este tipo de educación de manera unilateral.

El reglamento defensa de grado y trámite del título profesional establece que los universitarios que concluyan sus años de estudio recibirán su diploma académico y su título profesional el día de su graduación, con el fin de evitar trámites que retrasan su ingreso laboral.

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