domingo, 19 de enero de 2014

El Derecho Constitucional: Su importancia en la malla curricular de la carrera de Derecho




Sucre, capital de Bolivia y sede del Poder Judicial
INTRODUCCIÓN

Los estudios de las Ciencias Sociales en general y del Derecho en particular, han demostrado que el hombre, desde la antigüedad, ha sido un permanente generador de cambios en el entorno que se desarrolló, hasta llegar a conformar un grupo más o menos homogéneo de personas como es la sociedad, con similitud de crecientes necesidades de diversa índole para su existencia, donde indudablemente surgieron una serie de disputas y controversias entre sus miembros componentes en sus intentos de dominio, donde se imponía la ley del más fuerte, cuando en el contexto dirigido al permanente desarrollo del ser humano, esas actitudes ya debieron ser desterradas, consecuentemente en ese propósito aunque aún precarios, se sintió la necesidad de buscar líderes que les representen y resuelvan las controversias generadas en estos conglomerados sociales como producto de sus relaciones internas, como externas.

Para que esta diversidad de acontecimientos fueran estructurando su historia y el desarrollo del mismo hombre, tuvo que transcurrir muchísimo tiempo camino a la civilización, posteriormente conjuncionadas en naciones para dar origen a estados, con organizaciones sociales y políticas precariamente estructuradas, experimentaron la necesidad de regular y garantizar los derechos de los hombres, mediante instituciones y normas que aseguren la práctica de lo que hoy se denominan principios generales incursos en las libertades y las garantías de los derechos ciudadanos.



RAZÓN DE SU ESTUDIO

Precisamente la asignatura que se encarga del estudio de estos acontecimientos sociales, es el Derecho Constitucional como el conjunto de normas jurídicas que se ocupan del estudio de la organización jurídica y política del Estado, estableciendo los derechos, garantías y deberes de las personas, que se traducen o mejor dicho se materializan en un texto normativo que contempla y contiene ese cúmulo de disposiciones básicas y estructurales de indudable validez y descontada trascendencia.

Ese cuerpo o texto normativo no es otro que la Constitución Política del Estado, a la que se le conoce también con el nombre de Ley de Leyes y Ley Fundamental; porque es considerada como la primera noma jurídica del ordenamiento jurídico de todo Estado.

Esta norma que conlleva supremacía, estructura jurídica y políticamente un Estado, establece su forma de gobierno y organiza el funcionamiento de sus diferentes órganos, así como establece los derechos fundamentales de las personas, lo que constituye la razón de ser del Derecho Constitucional, así como establece los deberes fundamentales de las personas, siendo uno de los principales, el que gobernantes y gobernados debemos acatar y cumplir lo previsto por la CPE y las Leyes, y desterrar toda forma de exceso o arbitrariedad desde los poderes públicos, o los que de manera extralimitada surgen de los poderes constituidos. Como ya lo dijo aquel pensador de la antigüedad, Cicerón: "Todos somos siervos de la Ley para poder ser libres".

La Constitución Política del Estado, también es una norma supralegal, a la cual se subordinan el resto del ordenamiento jurídico de un país, por cuya razón los gobernantes y gobernados no pueden traspasar los límites que ésta fija, estableciendo frenos y contrapesos o sistemas de equilibrio de acuerdo a las atribuciones de cada órgano o institución de servicio público, si consideramos su plena vigencia cuando se vive en democracia y en un "Estado de Derecho", porque "Toda sociedad en la que no esté asegurada la garantía de los derechos y determinada la separación de los poderes, estará vislumbrando la carencia de una Constitución".

En efecto, la Constitución Política del Estado es un documento solemne que contiene preceptos jurídico-político-legales, que directamente establecen la naturaleza, la organización y el funcionamiento del Estado; disponiendo al mismo tiempo en forma clara los derechos, deberes y garantías que tienen todas las personas por esa sencilla y sola condición de ser tales.

Y mediante las Garantías Constitucionales que son instituciones jurídico-constitucionales que tienen por finalidad el proteger y amparar a las personas, en el ejercicio de sus derechos fundamentales, contra cualquier exceso, abuso o arbitrariedad provenientes de personas particulares, como de autoridades públicas, con lo que literalmente se estaría cumpliendo la trascendental importancia de defensa de dichos derechos que deben estar garantizados por todo gobierno en un Estado.



IMPORTANCIA DEL DERECHO CONSTITUCIONAL

La importancia de su estudio, radica en que mediante el Derecho Constitucional, se pretende encontrar solución al eterno problema de regular las acciones de quienes ejercen eventualmente el poder político de un país, mediante la aplicación un ordenamiento jurídico con vigencia de valores sociales que últimamente se ven muy vulnerados y con sorprendente naturalidad cual se tratara de la regla, cuando debía ser la excepción.

Por todo ello, la materia que se ocupa de asegurar la práctica correcta de dichos principios y garantías primigenias de las personas, es el Derecho Constitucional, considerado una de las ramas más importantes del Derecho Público, como una disciplina cuyo objeto de estudio es la Constitución, cuenta con un lenguaje propio y una teoría de análisis de orden constitucional que evalúa sistemáticamente las normas fundamentales para la existencia de un Estado de Derecho, donde se respeten los derechos y las libertades de la personas.

De manera general, debido a la amplitud y pluralidad de las esferas de estudio referentes a la Constitución de los Estados, se centralizan como esferas de los Derechos Constitucionales tanto en la parte dogmática como orgánica de toda constitución, estableciendo las bases fundamentales del Estado, los derechos, deberes y las garantías de los seres humanos, además la parte de la estructura y la organización funcional como económica del Estado, de las relaciones entre órganos del Estado (separación de poderes), de la defensa y seguridad nacional y las relaciones internacionales e integración regional.

En la actualidad esta rama adquiere mayor relieve de importancia política, más que una importancia jurídica, debido a que las nuevas concepciones ideológicas constitucionales, viran su atención a los grandes acontecimientos sociales, que producen también grandes transformaciones sociales en el mundo entero. Vivimos un período de cambios de variada naturaleza, de los cuales no podemos eludir participación y en la medida de nuestras posibilidades será tarea nuestra contribuir con este nuevo proceso histórico al cual nos adscribimos directa o indirectamente en nuestra cotidianeidad.

Se viene sosteniendo que, así como la Constitución Política del Estado marca la estructura fundamental que cimenta la organización política del Estado, ésta ya no está enmarcada al mero texto formal, no puede reducirse al puro o mero análisis exegético del texto supremo, contrariamente, debido a que su ámbito de estudio especialmente durante los últimos tiempos, se proyecta hacia un mayor alcance benefactor para la sociedad, se vislumbra a estrechar los márgenes institucionales que vinculan al Estado con el quehacer de los miembros de la sociedad, mediante el reconocimiento y la consolidación de nuevos conglomerados sociales, aunque otrora por principio ya integraban la CPE, pero no eran tomados en cuenta dentro de las políticas de estado en general.

De estos y otros acontecimientos que se generan en la vida de un Estado, hace materia de estudio el Derecho Constitucional, más aún que debido a la primacía de la constitución y de la relación de esta con las demás normas jurídicas, de donde nace el principio de jerarquía de las normas jurídicas, debe considerarse como principio básico de todo sistema jurídico estructurador de un Estado.

La primacía constitucional es uno de los principios básicos del Derecho Constitucional donde se asienta el orden constitucional de todo Estado. En su expresión más simple y general, implica reconocer a la Constitución como norma fundamental de un Estado, o sea, adjudicarle la calidad de norma suprema.

Radicando en lo brevemente expuesto, la importancia y razón del estudio del Derecho Constitucional, dentro de la currícula de estudios superiores universitarios, porque día que transcurre, la amplitud de la materia se extiende y proyecta en el universo de las ciencias sociales de manera geométrica.

Para concluir, evocamos una referencia poética a la que Bidart Campos apela, para significar que lo escrito en las normas de toda Constitución, vive de lo que desde el silencio de su techo ideológico y de sus implicitudes, la alimenta (1). Gráfica tal posición con unas lí-neas de un verso de Francisco Luís Bernárdez, que dice: "que lo que el árbol tiene de florido, vive de lo que tiene sepultado" (2).

En paráfrasis, me permito manifestar que lo que pueda tener de importancia el estudio del Derecho Constitucional en lo florido y valioso, ha germinado - y se sustancia - en un terreno de sincero afecto y profundo respeto a lo que hasta el momento se vino estudiando, por incansables intelectuales dedicados al estudio y análisis de los prolegómenos que motivan la preocupación de la intelectualidad, dedicada a analizar y proponer soluciones a la sociedad, en el marco de los principios de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros convenios y tratados internacionales.



(1), Bidart Campos, Germán J.: "EL derecho de la Constitución y su fuerza normativa. " Ediar. Bs.As. 1995 .p.50. (2). ídem.

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