miércoles, 30 de enero de 2013

Institutos Autoridades dan 5 consejos antes de inscribirse

El ministro de Educación, Roberto Aguilar, y el viceministro de Educación Superior, Benecio Quispe, brindan cinco recomendaciones a las personas que pretenden inscribirse en algún instituto de formación técnica y tecnológica. La Ley Avelino Siñani-Elizardo Pérez determina que estos centros e incluso las escuelas superiores de formación tecnológica “funcionarán bajo los planes, programas y autoridades del Sistema Educativo Plurinacional. Su apertura y funcionamiento será reglamentado por el Ministerio de Educación”. Cualquier denuncia puede ser realizada a los números telefónicos gratuitos 800-10-0050 (Ministerio de Educación) y 800-10-0202 (Viceministerio de Defensa del Consumidor).

1. La Resolución Ministerial es clave

La resolución ministerial es la autorización que entrega el Ministerio de Educación a los institutos técnicos y tecnológicos, y que acredita que las carreras que brindan estos centros cuentan con el aval de esta repartición gubernamental. “Hay que exigir la resolución y verificar para qué nivel (auxiliar, medio o superior) está autorizado”, explica Quispe. Aguilar añade que el postulante debe revisar este documento porque “uno de los temas más graves que se presentó es de los institutos falsos, que ofertan carreras sin ningún respaldo del ministerio”. Si algún ciudadano tiene dudas o quiere consultar la vigencia de la resolución ministerial de algún instituto, puede llamar al número gratuito 800-10-0050, la línea del ministerio para recibir denuncias.

2. Hay que firmar un contrato

Aguilar comenta que la mejor garantía que un estudiante puede tener al momento de inscribirse a institutos técnicos o tecnológicos privados es la rúbrica de un contrato con los propietarios o administradores. “Debe firmar ese documento que le permitirá establecer sus derechos en el contexto de lo que está pagando”. Si no existe ese documento de pacto previo, el alumno puede ser víctima de chantajes para acceder a su titulación en estos centros educativos. Inclusive, el contrato le permitirá exigir que no se le cobren cuotas extras en su capacitación, para cursos, talleres, seminarios o libros.

3. La factura es una demanda básica

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) establece que las instituciones privadas que prestan servicios de formación técnica y tecnológica tienen la obligación de emitir facturas o notas fiscales y colocar su Número de Identificación Tributaria (NIT) en un lugar visible. La Gerencia de Fiscalización de la estatal ejecuta periódicamente operativos de control para evitar la evasión tributaria. “Los estudiantes tienen que acostumbrarse a que les den factura”, precisa el ministro Aguilar. Si alguna entidad educativa no cumple con esta disposición, los afectados pueden denunciarlo a la línea gratuita del SIN: 800-10-3444.

4. ¿Cuánto me costará toda la carrera?

Los institutos técnicos y tecnológicos privados, públicos y de convenio tienen la obligación de informarle al estudiante cuánto le costará toda su capacitación. “Ésta es otra de las condiciones, que le digan cuánto le va a valer la carrera en total y cuánto le va a costar anualmente y mensualmente”, afirma el ministro Aguilar. Si el centro es público, generalmente se paga una matrícula anual y semestral. “Si hay talleres y seminarios, éstos deben ser de carácter voluntario y no deberían costar nada”, manifiesta el viceministro Quispe.

5. El instituto debe tener residencia fija

Ante las denuncias de la existencia de institutos ilegales y “fantasmas” o “golondrinas” que abren días, semanas o sólo meses, para posteriormente desaparecer, el ministro Aguilar señala que al momento de firmar el contrato entre el centro y el alumno, el primero debe brindar una certificación de su existencia. “La persona que vaya a firmar el convenio debe ser el propietario o el rector del instituto, que tiene que certificar mediante documentos que la entidad tiene residencia fija”, puntualiza.

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